Derechos y responsabilidades de los miembro

Nuestro compromiso con usted

Nuestro objetivo es brindar atención médica de alta calidad y tratamientos médicos avanzados. También nos comprometemos a escucharle, tratarle con respeto y comprender sus necesidades individuales. Los miembros tienen derechos y responsabilidades. A continuación, se describen sus derechos y responsabilidades.

Derechos de los miembro

Usted tiene derecho a:

  • Presente una queja ante nosotros sobre Banner – University Family Care/ACC (B – UFC/ACC) y/o la atención brindada.
  • Solicitar información sobre la estructura y funcionamiento de B – UFC/ACC o sus subcontratistas.
  • Información sobre los servicios de B – UFC/ACC, proveedores de atención médica, admisión, transferencia, dar de alta, políticas de facturación y derechos y responsabilidades de los miembros.
  • Ser tratado de manera justa independientemente de su raza, etnia, origen nacional, religión, género, edad, condición de salud comportamental (intelectual) o discapacidad física, preferencia sexual, información genética o capacidad de pago.
  • Infórmese sobre los planes de incentivos doctor que afectan los servicios de referencia.
  • Sepa que B – UFC/ACC está obligado a participar en un programa de seguro de stop-loss.
  • Infórmese sobre los tipos de planes que utiliza B-UFC/ACC para obtener compensación.
  • Obtenga un resumen de los resultados de la encuesta de miembro .
  • Reciba atención que satisfaga sus necesidades de una manera que no juez los valores, el lenguaje ni lo que una persona puede hacer.
  • B – UFC/ACC y sus proveedores participando protegen la confidencialidad de su información según lo exigen las leyes estatales y federales, incluido su conjunto de registro específicos de B – UFC/ACC y sus registros médicos (de atención) mantenidos por su(s) proveedor(es).
  • B – Conjunto de registro específicos de UFC/ACC: La ley establece que usted tiene derecho a leer u obtener copias de su historial de reclamos médicos, historial de reclamos de farmacia , documentos de quejas y apelaciones, y sus registros de llamadas telefónicas de B – UFC/ACC sin costo para usted de B – UFC/ACC. Para recibir esos registros, B – UFC/ACC debe tener la solicitud por escrito. Puede realizar esta solicitud llamando a nuestro Centro de Atención al Cliente. Se le enviará un formulario de autorización para completar y lo devolverá al Departamento de Cumplimiento con una copia de una identificación con foto para que podamos asegurarnos de que solo le enviemos sus registros a usted o a alguien a quien usted permita recibirlos. Puede recibir sus registros en formato impreso o por correo electrónico (encriptado o no) si lo prefiere. Existe cierto nivel de riesgo de que un entidad pueda acceder a su Información Médica Protegida (PHI) sin su consentimiento cuando los medios electrónicos o el correo electrónico no están encriptados. No nos hacemos responsables del acceso no autorizado a medios o correos electrónicos no encriptados ni de ningún riesgo (por ejemplo, Virus) que potencialmente se introduzca en su computadora/dispositivo al recibir PHI en formato electrónico o correo electrónico.
  • La coordinación de la atención con las escuelas y las agencias estatales puede ocurrir dentro de los límites de las regulaciones si es pertinente .
    Una segunda opinión de un profesional de la salud calificado dentro de la red de B – UFC/ACC. Si no hay una segunda opinión disponible en la red , tiene derecho a solicitar una segunda opinión fuera de la red de B – UFC/ACC sin costo alguno.
  • Recibir información sobre las opciones y alternativas de tratamiento disponibles de una manera que sea apropiada para su condición y sea fácil de entender.
    Formular Directivas por Adelantado y designar a alguien para que tome decisiones sobre su atención médica. Usted o su representante pueden modificar sus Directivas por Adelantado en cualquier momento. Tiene derecho a recibir información sobre cómo formular Directivas por Adelantado. B – UFC/ACC debe garantizar su participación o la de su representante en las decisiones de retener los servicios de reanimación, o de renunciar o retirar el tratamiento de soporte vital, de acuerdo con los requisitos de la ley federal y estatal en materia de Directivas por Adelantado [42 CFR 438.6]. Para los miembros de un HCBS o de un centro residencial de salud comportamental que hayan completado una directiva anticipada, el documento debe mantenerse confidencial, pero estar fácilmente disponible. Por ejemplo, en un sobre sellado pegado al refrigerador.
  • REGISTROS DE ATENCIÓN MÉDICA: La ley establece que usted tiene derecho a leer o solicitar y recibir anualmente una copia de sus registros de atención médica sin costo para usted (de cualquier proveedor que le brinde atención). Comuníquese con su proveedor para solicitar ver u obtener una copia de su registro médico. Recibirá una respuesta a su solicitud dentro de los 30 días. Sin embargo, su derecho a acceder a los registros de atención médica puede ser denegado si la información son notas de psicoterapia, compiladas para, o en una anticipación razonable de una acción civil, penal o Administrativo , información de salud protegida sujeta a las Enmiendas Federales de Mejora de Laboratorio Clínicos de 1988 o exento de conformidad con 42 CFR 493.3(a)(2), o un profesional de la salud con licencia ha determinado que recibir o acceder a sus registros probablemente pondría en peligro la vida o seguridad de usted o de otra persona. Si se le deniega el acceso por algunas de estas razones, tiene derecho a que se revise la denegación. Los proveedores deben permitirle revisar sus registros leyéndolos en el consultorio del proveedor o entregándole una copia, o ambos. Si su proveedor no le entrega los registros o no responde a su solicitud dentro de 30 días, comuníquese con el Centro de atención al cliente de B – UFC/ACC al (800) 582-8686 o TTY 711 para obtener ayuda.
  • B – UFC/ACC debe responder a su solicitud de historiales médicos en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la recepción de su solicitud. Si B – UFC/ACC no puede tomar ninguna medida en dicho plazo, B – UFC/ACC podrá tomar 30 días adicionales. B – UFC/ACC le informará el motivo de la demora y la fecha en que se procesará su solicitud. Esta respuesta consistirá en una copia de sus historiales tal como los solicitó, permiso para consultarlos in situ o el motivo de la denegación de su solicitud. Si se deniega una solicitud, total o parcialmente, B – UFC/ACC debe explicarle el motivo de la denegación y su derecho a una revisión de la misma.
  • Solicitar que cualquier proveedor que le brinde atención médica modifique o corrija su historial médico. Puede iniciar esta solicitud llamando a nuestro Centro de Atención al Cliente y su respuesta deberá ser por escrito.
  • Estar libre de cualquier forma de restricción o aislamiento utilizado como medio de coerción, disciplina, conveniencia o represalia.
  • Información necesaria para ayudarle a tomar decisiones informadas.
  • Recibir información sobre beneficiario e información del plan.
  • Ayuda para tomar decisiones sobre su atención médica y Directivas por Adelantado (decisiones sobre el tipo de atención que desea recibir si no puede tomar decisiones médicas). Esto incluye el derecho a rechazar el tratamiento.
  • Ser tratado con respeto y con la debida consideración a su dignidad y privacidad. Entendemos su necesidad de privacidad y confidencialidad , incluyendo la protección de cualquier información que lo identifique.
  • Tenga una lista de médicos de atención primaria disponibles, incluidos aquellos que hablan un idioma distinto del inglés y acceso a un intérprete de lenguaje de señas para personas con discapacidad auditiva.
  • Obtenga servicios de interpretación de idiomas de un proveedor que hable su idioma primario , si no es inglés.
  • Materiales escritos en formatos alternativos.
  • Busque servicio de emergencia en cualquier hospital u otra sala de emergencias (dentro o fuera de la red).
  • Ser tratado en un ambiente seguro, de apoyo y libre de humo.
  • Elija su proveedor de atención primario dentro de la red B – UFC/ACC.
  • Usted o alguien que lo represente para participar en la resolución de problemas sobre sus decisiones de atención médica.
  • Involucre a miembros de su familia u otras personas que usted elija para que le ayuden a tomar decisiones sobre sus planes de tratamiento.
  • Solicite una copia del Aviso de Prácticas de Privacidad sin costo alguno. El aviso describe las prácticas de privacidad de B – UFC/ACC, cómo utilizamos su información médica y cuándo podemos compartirla con terceros.
  • Solicitar los criterios en que se basan las decisiones.
  • Recibir servicios de atención médica si es un miembro indígena estadounidense de cualquier proveedor de servicios de salud indígenas o de una instalación de propiedad y/o operación tribal en cualquier momento.
  • Ejercer sus derechos y que el ejercicio de esos derechos no afecte negativamente la prestación del servicio al miembro [42 CFR 438.100(c)].
  • Presente una queja y B – UFC/ACC le brindará asistencia para presentar su queja.
  • Apela cualquier denegación de servicio que consideres que B – UFC/ACC debería pagar. También te ayudaremos a presentar una apelación.